HUELVA CARLOS OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor obtuvo un beneficio previsional y reclamó la actualización de su haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley 27.426.
Actualización del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó a ANSES abonar las diferencias de movilidad por los meses de enero y febrero de 2021, aplicando la nueva Ley 27.609 a partir de marzo de 2021. Difirió el tratamiento del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara entendió que el Congreso Nacional es el órgano competente para establecer el índice de actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial. Además, consideró que la Corte Suprema no había limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio.
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