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PORTALEZ KARINA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La ANSES apeló sentencia de primera instancia que ordenó la actualización del haber jubilatorio. La Cámara confirmó lo resuelto por considerar que las remuneraciones deben actualizarse siguiendo la doctrina Badaro.

Movilidad Confiscatoriedad Ley 24 463 Topes Reajustes jubilatorios Doctrina badaro Doctrina actis caporale

Reajustes varios del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en cuanto el límite de los topes genere una quita superior al 15% del haber, considerando confiscatoria dicha reducción de acuerdo a la doctrina del fallo "Actis Caporale, Loredano". También confirmó la aplicación de la doctrina "Badaro" sobre movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en "Badaro" estableció pautas claras sobre la movilidad jubilatoria que el organismo no logró rebatir.
- Respecto al art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, la Corte Suprema en "Actis Caporale" consideró que su aplicación puede generar una quita confiscatoria del haber cuando supera el 15%.

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