MARQUEZ CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demandantes reclaman incluir en su haber de retiro suplementos salariales de la Policía Federal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de reconocer el derecho a percibir dichos suplementos.
Que se reconozca el derecho a percibir en sus haberes mensuales con carácter remunerativo y bonificable el suplemento creado por el Decreto 380/17 y sus modificatorios.
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Señaló que los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" creados por el Decreto 380/17 tenían carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", debiendo incorporarse al "haber mensual" de los actores. Además, desestimó el planteo sobre prescripción anual y revocó el plazo de cumplimiento, ordenando a la demandada efectuar la previsión presupuestaria para el pago.
Fundamentos principales:
- El Poder Ejecutivo Nacional creó diversos suplementos salariales para el personal de la Policía Federal mediante el Decreto 380/17, entre ellos los denominados "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo".
- La Cámara consideró que estos suplementos tenían carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", debiendo integrar el "haber mensual" de quien acciona, de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Respecto a la prescripción, se aplicó el plazo bienal previsto en la Ley 23.627, de acuerdo a la doctrina jurisprudencial consolidada.
- Se revocó el plazo de cumplimiento fijado en primera instancia, ordenando a la demandada efectuar la previsión presupuestaria correspondiente.
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