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LIPPAY MARIA FERNANDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES por pensión de cónyuge supérstite. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia y ordenó otorgar el beneficio de pensión.

Prueba testimonial Prueba documental Requisitos legales Pension por convivencia Revocatoria de sentencia Aparente matrimonio


- Actor: María Fernanda Lippay
- Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto de la demanda: Obtener la pensión por convivencia en aparente matrimonio con el causante Gerónimo Andrés Sánchez
- Decisión del Tribunal: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y ordenó a ANSES otorgar el beneficio de pensión a la actora. Fundamentos principales:
- Se acreditó la convivencia en aparente matrimonio por más de 5 años previos al fallecimiento del causante, conforme lo exige el art. 53 de la Ley 24.241.
- Los elementos probatorios aportados (documentación, testimonios, etc.) fueron suficientes para tener por acreditada la relación concubinaria.
- No había elementos que contradijeran la prueba presentada o que indicaran alguna interrupción en la convivencia.
- Corresponde revocar la sentencia y hacer lugar a la demanda, otorgando el beneficio de pensión desde la fecha del fallecimiento del causante.
- Respecto a la prescripción, corresponde aplicar el plazo de 1 año establecido en la Ley 18.037, por lo que las sumas retroactivas deben liquidarse desde el fallecimiento.

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