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ANGELOZZI DORA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que estableció la movilidad de la renta vitalicia previsional de la actora a partir de la ley 26.198 y decretos posteriores.

Renta vitalicia previsional Movilidad Anses Ley 26 198 Isbic

La actora Dora Beatriz Angelozzi obtuvo una pensión derivada de un Retiro Definitivo por Invalidez, a cargo parcialmente del Régimen Previsional Público. A partir del 1/6/2007 optó por una Renta Vitalicia Previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que estableció la obligación de la ANSES de abonar las diferencias resultantes de aplicar la movilidad prevista en la ley 26.198 y decretos posteriores a la renta vitalicia de la actora, a partir de la suscripción de la póliza respectiva. Sin embargo, rechazó el agravio de la demandada respecto a la determinación del haber inicial según el índice ISBIC sin limitación temporal, confirmando lo decidido en la instancia anterior. La Corte Suprema en el precedente "Deprati" estableció que corresponde al Estado asegurar la adecuada movilidad de las prestaciones previsionales, por lo que no cabe transformar la opción de percibir el beneficio bajo la forma de renta vitalicia en un abandono de la movilidad.

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