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MIRAS GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora recurrió el rechazo de la aplicación del IPC a la movilidad jubilatoria. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y confirmó la aplicación de la ley 27.609 sobre movilidad.

Movilidad jubilatoria Impuesto a las ganancias Grupo vulnerable Jubilados Reajustes Seguridad social

La Sra. Miras demandó a ANSES por reajustes en su haber jubilatorio. En primera instancia, se rechazó la aplicación del índice de precios al consumidor (IPC) a la movilidad prevista en la ley 27.609. En la apelación, la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia. Consideró que la ley 27.609 sobre movilidad jubilatoria es plenamente aplicable y que cualquier impugnación de dicha pauta sería prematura. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, la Corte Suprema ha establecido que se debe garantizar la igualdad real de oportunidades y trato a favor de los jubilados, como grupo vulnerable. Por lo tanto, la Cámara modificó la sentencia en ese aspecto. En cuanto a las costas, se impusieron por su orden, de acuerdo a los arts. 68 y 71 del CPCCN.

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