MENENDEZ MARCELO ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por el reconocimiento de diversos beneficios correspondientes a su participación en la Guerra de Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando algunos aspectos relacionados con el cálculo de los intereses y el reconocimiento de suplementos salariales.
- Actor: MENENDEZ MARCELO ALEJANDRO
- Demandado: MINISTERIO DE DEFENSA
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de Pensión Graciable (Ley 24.310), Subsidio Extraordinario (Ley 22.674) e Indemnización (Ley 19.101)
- Decisión del tribunal:
- Se confirma el reconocimiento de los beneficios solicitados por el actor
- Se revoca la sentencia en lo relativo al cálculo de intereses del subsidio extraordinario y la indemnización
- Se revoca la sentencia en lo relativo al reconocimiento de suplementos salariales previstos en el Decreto 1305/12
- Fundamentos principales:
- El Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta una Neurosis post-traumática grado III vinculada causalmente a su participación en la Guerra de Malvinas
- La ley 22.674 establece el derecho al subsidio extraordinario con carácter retroactivo al 2 de abril de 1982, debiendo liquidarse con los intereses desde esa fecha
- La indemnización prevista en el art. 76 inc. 3 de la Ley 19.101 debe determinarse retroactivamente a la fecha de baja del actor
- Los suplementos salariales creados por el Decreto 1305/12 deben incorporarse al "haber mensual" del actor para el cálculo de su pasividad
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