MONTES LIDIA SUSANA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora reclamó el beneficio de pensión derivado del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, con fundamento en la suficiencia de los años de aportes del causante.
La actora, Lidia Susana Montes, interpuso demanda contra ANSES reclamando el otorgamiento del beneficio de pensión derivado del fallecimiento de su cónyuge, Rodolfo Armando Chavez, ocurrido el 24/08/2012 cuando contaba con 56 años de edad. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que el causante acreditó más de 16 años de servicios con aportes, lo cual resulta suficiente para acceder al beneficio solicitado, a pesar de no alcanzar los requisitos de regularidad establecidos en la normativa. La ANSES apeló la sentencia, cuestionando la interpretación de la legislación aplicable y la falta de cumplimiento de los recaudos del Decreto 460/99 sobre regularidad de aportes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada. Señaló que los decretos reglamentarios no han agotado todas las situaciones susceptibles de configurarse en orden a lo dispuesto en el art. 95 inc. a aps. 1 y 2 de la Ley 24.241, debiendo la jurisprudencia establecer soluciones que conjuguen la verdad jurídica objetiva con el principio de justicia. Destacó que en materia previsional, lo esencial es cubrir los riesgos de subsistencia o ancianidad, por lo que no debe llegarse al desconocimiento de derechos sino con suma cautela. Concluyó que, habiéndose acreditado que el causante aportó durante la mayor parte de su vida laboral, totalizando más de 16 años, no puede entenderse que el otorgamiento del beneficio solicitado perjudique a un grupo específico de personas. Por lo tanto, confirmó la sentencia de primera instancia.
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