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FERNANDEZ JUANA GRISELDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia al disponer la aplicación de índices más favorables para el cálculo de sus remuneraciones y haber inicial.

Seguridad social Reajuste de haberes Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Aportes autonomos Isbic


¿Quién es el actor?

Juana Griselda Fernández

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de reajustes en el haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por la Ley 27.426 para las remuneraciones anteriores a febrero de 2009, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Se ordena la actualización de los aportes autónomos según los lineamientos fijados. Se difiere el tratamiento de otros planteos para la etapa de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que para la actualización de las remuneraciones anteriores a febrero de 2009 debe aplicarse el índice ISBIC, por ser más favorable que el RIPTE dispuesto por la Ley 27.426. Respecto a los aportes autónomos, se establece un método específico de cálculo que distingue los períodos anteriores y posteriores a la Ley 24.241. Se difieren otros planteos, como la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, para la etapa de ejecución.

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