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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALTAMIRANO, MAXIMILIANO MARTIN s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: LEDESMA, DIEGO ARIEL

Cámara de Casación resuelve competencia negativa entre Tribunal Oral de Menores y Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional por imputado menor declarado rebelde

Rebeldia Competencia Menor de edad Robo agravado Tribunal oral en lo criminal y correccional Tribunal oral de menores


¿Quién es el actor?

N/A

¿A quién se demanda?

Maximiliano Martín Altamirano y C.L.C.
- Objeto de la demanda: Delito de robo agravado por tratarse de un automotor dejado en la vía pública y por la participación de una persona menor de edad, en grado de tentativa.
- Decisión del tribunal: Corresponde al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 12 continuar el conocimiento de la causa, dado que el único imputado menor de edad fue declarado rebelde.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 28 del Código Procesal Penal de la Nación establece que los tribunales de menores son competentes para juzgar "los delitos cometidos por personas menores de edad al tiempo de la comisión del hecho".
- Según la doctrina de la Cámara, la aplicación de la normativa de excepción para juzgar menores se encuentra prevista para los supuestos en que haya al menos un menor enjuiciado.
- En el presente caso, al estar rebelde el único imputado menor de edad, corresponde que el caso continúe en trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 12 con relación a la acusación dirigida contra el imputado adulto.

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