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IMPUTADO: CERRUDO, EMANUEL SEBASTIAN s/ROBO DAMNIFICADO: FONTANA , MAGALI

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la decisión que había dispuesto el decomiso de una bicicleta, por entender que dicha medida debía haberse resuelto al momento de dictarse la sentencia.

Recurso de casacion Bicicleta Oportunidad procesal Decomiso Art 23 cp Art 126 cppn


¿Quién es el actor?

Defensa pública de Emanuel Sebastián Cerrudo

¿A quién se demanda?

N/A
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la decisión que había ordenado el decomiso de una bicicleta utilizada por Cerrudo en la comisión del delito.
- Decisión del tribunal:
- La Cámara hizo lugar al recurso de casación, revocó la decisión impugnada y ordenó que el destino de la bicicleta se rija por lo dispuesto en el art. 523 del CPPN.
- Fundamentación: El art. 23 del CP establece que el decomiso debe resolverse al momento de dictar la sentencia. Una vez que la sentencia adquiere firmeza, la jurisdicción del tribunal se limita a lo previsto en el art. 126 del CPPN, por lo que disponer el decomiso con posterioridad implica un exceso de jurisdicción.

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