Legajo de Ejecución Nº EP01 - IMPUTADO: FIGUEROA , JONATHAN ALEXIS s/CONDENA
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dirimió un conflicto de competencia negativa entre un juzgado de ejecución penal y un tribunal oral criminal, resolviendo que corresponde al juzgado de ejecución continuar con el trámite.
¿Quién es el actor?
No aplicable (es un conflicto de competencia)
¿A quién se demanda?
No aplicable
- Objeto de la demanda: Definir cuál es el órgano jurisdiccional competente para continuar el trámite de la causa n° CCC 42430/2018/TO1/EP1/CNC4.
- Decisión del tribunal: Se declaró que corresponde al Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 5 continuar conociendo de esta causa.
El tribunal señaló que el presente conflicto de competencia es sustancialmente análogo al resuelto previamente en el precedente "Almeida, María Marta". Indicó que no se advierten motivos para considerar prematura la intervención del fuero de ejecución en el control de la pena de prisión impuesta al condenado, pues sin perjuicio de la impugnación del rechazo a la observación del cómputo de pena, se encuentra firme la declaración de responsabilidad penal y la sanción impuesta. Asimismo, consideró que la letra del artículo 493 del Código Procesal Penal no se erige en un obstáculo para ello, ya que de su lectura no se extrae la necesidad de que el cómputo se encuentre firme.
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