IMPUTADO: BARRERA, NOEMI ELIZABETH Y OTRO s/HURTO DAMNIFICADO: ZHENG, ZEQUIANG
La Cámara Nacional de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra la decisión que homologó un acuerdo conciliatorio y ordenó el sobreseimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación contra la decisión de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que había revocado lo resuelto por la anterior instancia, homologado el acuerdo conciliatorio celebrado entre el damnificado y la imputada, y ordenado que, una vez satisfecha la obligación, se declare extinguida la acción penal por conciliación y se sobresea a la imputada. La Cámara Nacional de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, considerando que la decisión impugnada no constituye una sentencia definitiva de las enunciadas en el art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ni el recurso presentado fundamentó adecuadamente que, por sus efectos, sea equiparable a tal. Esto, porque la decisión del tribunal a quo se limitó a homologar el acuerdo y no ha extinguido la acción penal en los términos del art. 59, inc. 6° del Código Penal, ni dictado el correspondiente sobreseimiento.
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