Incidente Nº 2 - IMPUTADO: LOPEZ DOS SANTOS, JESUS EZEQUIEL s/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó la decisión que había denegado la libertad condicional al condenado y ordenó concederla, al entender que se realizó una errónea interpretación de la normativa aplicable.
¿Quién es el actor?
La defensa de Jesús Ezequiel López Dos Santos
¿A quién se demanda?
N/A
- Objeto de la demanda: Incorporación de López Dos Santos al régimen de libertad condicional
- Decisión del tribunal: La Cámara hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, casó la resolución impugnada y concedió la libertad condicional a López Dos Santos.
Los fundamentos principales fueron:
- El juez de primera instancia realizó una interpretación errónea de la normativa aplicable, al aplicar el art. 28 de la Ley 24.660 sin analizarlo en conjunto con el art. 13 del Código Penal.
- Según la jurisprudencia de la Cámara, para casos de penas iguales o menores a 3 años, el plazo para acceder a la libertad condicional es de 8 meses y no de las 2/3 partes de la condena.
- Exigir el requisito del art. 28 dejaría sin efecto la aplicación del art. 13 del Código Penal en estos casos.
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