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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: FORTE, HERNAN s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Nacional de Casación Penal dejó sin efecto el trámite unipersonal y ordenó remitir las actuaciones a la Sala de Turno colegiada para examinar cuestiones vinculadas con la evolución en el tratamiento tutelar.

Recurso de casacion Ley 22 278 Camara nacional de casacion penal Juicio abreviado Tratamiento tutelar

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La presente sentencia analiza un recurso de casación contra una decisión anterior, pero no especifica cuál era el resultado de esa instancia previa.
- El tribunal considera que las cuestiones a debatir exceden lo que pudo ser objeto de un acuerdo de juicio abreviado, y por lo tanto corresponde dejar sin efecto el trámite unipersonal asignado y que intervenga la Sala de Turno en forma colegiada.
- El tribunal fundamenta esta decisión en que se deben examinar aspectos vinculados a la evolución del tratamiento tutelar, de conformidad con lo ordenado por el art. 4 de la Ley 22.278.

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