Incidente Nº 1 - IMPUTADO: PEREZ, SERGIO GABRIEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
Aclaración de un recurso extraordinario federal interpuesto por el Ministerio Público Fiscal
- Quién demanda: No hay demanda, es una aclaración de oficio.
¿A quién se demanda?
N/A
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No hay reclamo, es una aclaración de la parte dispositiva de una resolución anterior (15 de julio de 2022, Reg. n° 1124/22) donde se había hecho lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa, cuando en realidad debía haberse hecho lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal.
¿Qué se resolvió?
Se aclara que el texto correcto de la parte dispositiva de la resolución anterior es "HACER LUGAR al recurso extraordinario federal interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal (art. 14, Ley n° 48)".
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