IMPUTADO: ORTIZ, LEANDRO NICOLAS s/HURTO DAMNIFICADO: PICCOLO, LUIS ALBERTO
La defensa impugna la declaración de reincidencia aplicada al imputado, que no fue pactada en el procedimiento abreviado. La Cámara de Casación deja sin efecto la declaración de reincidencia por no haberse analizado los requisitos necesarios para su aplicación.
¿Quién es el actor?
Defensa de Leandro Nicolás Ortiz
¿A quién se demanda?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 17
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la declaración de reincidencia aplicada al imputado
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación hace lugar al recurso de casación, casa la sentencia impugnada y deja sin efecto la declaración de reincidencia.
Fundamentos principales:
- La cuestión de la reincidencia no fue pactada en el acuerdo de procedimiento abreviado, por lo que corresponde garantizar el contradictorio entre las partes para su aplicación.
- Según precedentes, para declarar la reincidencia se debe analizar la etapa alcanzada por el imputado en el régimen progresivo de ejecución de la pena, lo cual no se hizo en la sentencia impugnada.
- La sentencia carece de fundamentación adecuada al aplicar automáticamente la reincidencia sin ese análisis previo.
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