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Recurso Queja Nº 4 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZAHLUT, JUAN DANIEL Y OTROS s/DEFRAUDACION POR ADMINISTRACION FRAUDULENTA DENUNCIANTE: ODERIGO, EDUARDO R. Y OTROS

Tribunal declina competencia por queja por retardo de justicia y remite las actuaciones a la Cámara Federal de Casación Penal.

Procuracion general de la nacion Declinacion de competencia Camara nacional de casacion en lo criminal y correccional Codigo procesal penal de la nacion Camara federal de casacion penal Queja por retardo de justicia

¿Qué se resolvió en el fallo?

El presente caso trata de una queja por retardo de justicia presentada por los Dres. Eduardo R. Oderigo y Laura T. A. Damianovich de Cerredo, querellantes en la causa n° CCC 29842/2016/TO1/4/RH1. La Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Código Procesal Penal de la Nación y de las Resoluciones n° 42/2015 y 3/2016 del Acuerdo de Presidentes de esta Cámara, declina su competencia para intervenir en la presente queja por retardo de justicia y remite las actuaciones a la Cámara Federal de Casación Penal. La Procuración General de la Nación se ha expedido en el mismo sentido en reiteradas ocasiones, tal como surge del dictamen emitido el 20 de febrero de 2017 en la causa n° CCC 39442/2010/TO1/1/RH3CS1.

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