Incidente Nº 2 - IMPUTADO: FERNANDEZ, DIEGO ALEJANDRO s/SANCIÓN EN UNIDAD CARCELARIA
El interno impugnó una sanción disciplinaria impuesta por un director de unidad residencial. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la sanción al considerar que debía haber sido impuesta por el director del establecimiento.
¿Quién es el actor?
Diego Alejandro Fernández (interno)
¿A quién se demanda?
Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de sanción disciplinaria de 4 días de permanencia en celda individual
¿Qué se resolvió?
Se anuló la sanción por haberse impuesto por un director de unidad residencial y no por el director del establecimiento, incumpliéndose así el debido proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 24.660 y el decreto 18/97 establecen que solo el director del establecimiento tiene competencia para imponer sanciones disciplinarias a los internos.
- Ello responde a garantizar el debido proceso y evitar arbitrariedades, pues el director de mayor jerarquía es el más imparcial para decidir.
- La sanción impuesta por un director de unidad residencial, y no por el director del establecimiento, afecta gravemente el debido proceso.
- La Dirección General de Régimen Correccional del SPF instruyó que los jefes de complejos deben resolver indelegablemente los expedientes disciplinarios.
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