GONZALEZ, JOSE GUSTAVO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto indemnizatorio por el reclamo de daño psíquico.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio por el reclamo de daño psíquico. Consideró que si bien el trabajador sufrió lesiones físicas, no se acreditó que haya sufrido una perturbación patológica de su personalidad ni una pérdida de su empatía social como consecuencia del accidente. Por lo tanto, fijó la indemnización por incapacidad física en $726.172,72 y confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios.
Fundamentos principales:
- El daño psíquico debe implicar una perturbación patológica de la personalidad que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso. En el caso, el informe pericial no acreditó que el trabajador haya sufrido una afectación psíquica, más allá de las secuelas físicas por el accidente.
- Si bien un evento dañoso puede generar alteraciones en la salud mental del trabajador, también pueden incidir otros factores ajenos al trabajo, como la propia personalidad del dependiente o conflictos en su entorno familiar o social.
- Para atribuir responsabilidad por daño psíquico, debe existir una sólida base fáctica y jurídica, ya que la salud mental está sometida a fluctuaciones por factores biológicos y sociales.
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