GONZALEZ, JUAN SIMON c/ TRILLAUST CONSTRUCCIONES S.A. Y OTROS s/LEY 22.250
El actor promovió demanda por falta de registración de la relación laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ordenó el pago de multas por la no registración del vínculo.
Falta de registración de la relación laboral, pago de liquidación final, horas extras, multas de las leyes 22.250 y 24.013
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y hace lugar a las multas de los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013, por no haber registrado la relación laboral. También condena en forma solidaria a los co-demandados Carlos Enrique Lofredo y Rodrigo Lofredo por su responsabilidad como funcionarios de la sociedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se dieron los requisitos para la procedencia de las multas de los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013, ya que el empleador no registró la relación laboral a pesar de haber sido intimado por el trabajador.
- Existe una contradicción en la sentencia de primera instancia al admitir los ilícitos por falta de registración pero eximir de responsabilidad a los funcionarios.
- Conforme los arts. 59, 274 y ccdtes. de la Ley de Sociedades Comerciales, los co-demandados Lofredo deben responder solidariamente por el daño causado al trabajador, al haber consentido la falta de registración.
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