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FRANCOMANO, MATEO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y fijó el monto de condena excluida la actualización por Ripte.

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Accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto la condena adicional por aplicación del art. 3 de la Ley 26.773, y la actualización del crédito por Ripte, pero confirmó el monto de condena de $183.022,42 con intereses a partir de la fecha de alta médica. Los principales fundamentos de la Cámara fueron:
- La Ley 26.773 no impide las discriminaciones razonables que tengan base objetiva, por lo que no corresponde el adicional por dicha norma cuando el siniestro no ocurrió en el lugar de trabajo.
- La Corte Suprema ha mantenido la prohibición de actualización monetaria de los créditos laborales, por lo que no corresponde la actualización por Ripte.
- Los intereses deben computarse desde la fecha de alta médica, y no desde el hecho del accidente, en línea con el régimen especial de la Ley de Riesgos del Trabajo.

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