ROMERO AHUMADA, CLAUDIO ANDRES c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció la incapacidad del trabajador, pero rechazó la aplicación del índice RIPTE en el cálculo de la indemnización.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoció la incapacidad del trabajador, pero se rechaza la aplicación del índice RIPTE para el cálculo de la indemnización.
Fundamentos principales:
- El tribunal señaló que los argumentos del actor sobre el cálculo indemnizatorio con base en el IBM del AFIP no alcanzan el estándar previsto para una crítica concreta y razonada sobre el punto.
- En relación a la aplicación del índice RIPTE, el tribunal citó jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que la Ley 26.773 dispuso el reajuste mediante el RIPTE de los importes a los que aludían los decretos anteriores, pero exclusivamente con el fin de que esas prestaciones de suma fija y pisos mínimos reajustados se aplicaran a las contingencias futuras.
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