SCARLATO, MAXIMILIANO CARLOS c/ AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y fijó el monto de condena en $346.614,37, manteniendo la punición del art. 2º de la ley 25.323 pero dejando sin efecto la punición del art. 80 de la LCT.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Maximiliano Carlos Scarlato demandó a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. por despido. La demandada persiguió la reducción de la base de cálculo para los créditos, la eliminación de las puniciones de los arts. 80 LCT y 2º ley 25.323, y que se tenga por satisfecha la entrega de certificados. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el agravio de la empleadora sobre la base de cálculo, al considerar que los días de licencia por mudanza son computables. Tampoco admitió el agravio respecto a la punición del art. 2º ley 25.323, pues la empleadora no realizó el depósito pertinente. En cambio, dejó sin efecto la punición del art. 80 LCT, al considerar que la mera puesta a disposición de los certificados cumple la obligación, sin necesidad de la efectiva entrega. Finalmente, confirmó el monto de condena en $346.614,37 y los honorarios de primera instancia. La jueza Graciela L. Craig, en disidencia, consideró que la obligación de entrega del art. 80 LCT no se cumple con sólo poner los certificados a disposición, sino que debe efectivizarse la entrega.
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