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ACUÑA, ROQUE LEONARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra su aseguradora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena.

Intereses Dano psicologico Relacion causal Accidente de trabajo Incapacidad parcial Varices

Calificación de lumbalgia, várices y estrés laboral como patologías laborales, y fijación de incapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena a $299.556,49, considerando que solo correspondía atribuir incapacidad por la lesión cervical. Respecto a las várices y el daño psicológico, entendió que no se acreditó la relación causal con el trabajo. Ordenó computar los intereses desde la fecha de alta médica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La accionada negó en términos generales las condiciones de trabajo denunciadas por el actor, sin aportar prueba en contrario. Por lo tanto, corresponde tener por cierto lo denunciado en la demanda.
- Respecto a las várices, la jurisprudencia exige acreditar bipedestación prolongada con nula o escasa deambulación, lo que no fue probado.
- En cuanto al daño psicológico, el informe pericial acreditó la vinculación causal con el trabajo, sin que la demandada aporte elementos para desvirtuarlo.
- Los intereses deben computarse desde la fecha de consolidación del daño (alta médica) y no desde el accidente, conforme al principio general de las obligaciones civiles.

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