VIDAL, SEBASTIAN c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El jugador de fútbol profesional demandó por accidente laboral, pero la Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda al considerar que no acreditó incapacidad.
Accidente laboral sufrido el 2 de agosto de 2014 durante un evento futbolístico
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que el actor no acreditó una incapacidad actual y concreta derivada del accidente, ya que continuó participando en partidos de fútbol profesional luego del siniestro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los informes periciales no son vinculantes y están sujetos a la valoración de los jueces según las pautas del art. 477 del CPCC.
- Para prosperar un reclamo por accidente de trabajo, el actor debe acreditar la existencia de una incapacidad emergente, ya que el régimen legal vigente no repara patologías sino el daño cierto, concreto y actual.
- En el caso, el actor se desempeñaba como futbolista profesional y la prueba demuestra que continuó participando en partidos luego del accidente, lo que desmiente que se encuentre afectado en su actividad laboral.
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