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ALVAREZ, JUAN PABLO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador reclamó por incapacidad psíquica derivada de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo aumentó el porcentaje de incapacidad total al 50% y ordenó determinar el monto de condena.

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Incapacidad psíquica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?


- La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció una incapacidad total del 50% (40% psicofísica + 10% factores de ponderación), contrario a lo resuelto en primera instancia que desestimó la incapacidad psíquica.
- Fundamentación:
- El peritaje médico determinó una Reacción Vivencial Anormal Neurótica grado II que condiciona una incapacidad parcial del 10% de la t.o.
- Para apartarse del dictamen pericial, el juez debe contar con sólidos argumentos que permitan concluir sobre el error o inadecuado uso de los conocimientos científicos por parte del experto.
- No se observan tales argumentos en la sentencia de grado para desestimar la incapacidad psíquica.
- Además, la Cámara dejó sin efecto la regulación de honorarios y ordenó fijar el monto de condena con sus accesorios y plazo de cumplimiento, para proceder luego a la regulación arancelaria.
- Las costas de la alzada se impusieron a la demandada.

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