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MARTINEZ, TIBURCIO ROSENDO-4- c/ RECONQUISTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y elevó los montos indemnizatorios.

Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente laboral Honorarios profesionales

Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando el porcentaje de incapacidad física y psíquica determinado por los peritos, pero elevando los honorarios de la representación legal del actor y de los peritos médico y psicólogo. Los principales fundamentos fueron:
- El perito médico determinó adecuadamente el porcentaje de incapacidad física del 38,8% de acuerdo al baremo previsto en la normativa.
- Respecto a la incapacidad psíquica del 10%, la Cámara consideró que estaba debidamente acreditada y relacionada con el accidente laboral.
- La Cámara confirmó la aplicación de intereses desde la fecha del accidente, de acuerdo a la ley 26.773.
- En relación a los honorarios, la Cámara los elevó al 15% para el letrado del actor, y al 7% para los peritos médico y psicológico.

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