Logo

COYRA, MARTA SUSANA c/ UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y declaró la responsabilidad solidaria de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina y Buenos Aires Servicios de Salud S.A.

Relacion de dependencia Despido indirecto Presuncion art 23 lct Empleador multiple Responsabilidad solidaria art 30 lct

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró la responsabilidad solidaria de la UOM y BASA. Consideró que la actora mantuvo una relación laboral con ambas empresas, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Además, determinó que la UOM y BASA conformaban el empleador múltiple de la actora según los arts. 5, 26 y 30 LCT. Fundamentos relevantes:
- La prueba testimonial acreditó que la actora se desempeñó como médica auditora bajo relación de subordinación.
- Corresponde aplicar la presunción del art. 23 LCT, siendo carga de los demandados probar que la relación no fue laboral.
- La UOM y BASA conformaban el empleador múltiple de la actora, siendo solidariamente responsables según los arts. 26 y 30 LCT.
- Se analizaron los criterios jurisprudenciales sobre la teoría del empleador múltiple y la doctrina del "alter ego".

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar