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BOLIVAR PAEZ, TATIANA EUGENIA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora interpuso demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que hizo lugar a la reparación sistémica.

Intereses Honorarios Accidente de trabajo Perito medico Ley 27 348 Reparacion sistemica


- Actora: Tatiana Eugenia Bolívar Páez
- Demandada: Galeno ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación sistémica por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, excepto en lo referido a los honorarios del perito médico, que fueron fijados en $75.000. Fundamentos principales:
- El artículo 11 de la Ley 27.348 prevé que los intereses se devengan desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación final. El reconocimiento de intereses corresponde desde el momento del daño, ya que la determinación de la incapacidad simplemente la expone.
- Los honorarios de la representación letrada del actor se consideraron equitativos, mientras que los del perito médico se fijaron de acuerdo a las pautas de la Ley 27.348 y su Decreto Reglamentario.

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