VILLALBA, CARLOS FABIAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó prestaciones dinerarias por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció el derecho del demandante a percibir tales prestaciones.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo sufrido el 4 de marzo de 2015.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor a percibir las prestaciones dinerarias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Los intereses deben correr desde el momento del accidente, ya que el perjuicio se produce en ese momento y las sentencias son declarativas. 2) Los honorarios fueron regulados dentro de los parámetros legales y en porcentajes acordes a la calidad, mérito y extensión de las tareas cumplidas.
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