AGUERO, ANALIA c/ QBE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al reconocer la incapacidad psíquica de la trabajadora, aumentando el monto indemnizatorio.
Prestaciones dinerarias por accidente de trayecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicofísica del 24% (14% física + 10% psíquica), aumentando el monto indemnizatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El perito médico concluyó que la trabajadora presentaba una incapacidad psíquica del 10% por Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II, lo cual debe ser indemnizado por su relación causal con el accidente.
- Los jueces discreparon en cuanto al rechazo de la incapacidad psíquica en la sentencia de primera instancia, considerando que el informe pericial brindaba sustento suficiente para reconocerla.
- Se confirmó el cálculo del IBM y la aplicación de intereses desde la fecha del accidente.
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