OJEDA JUAN IGNACIO c/ ART LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a la ART por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia, excluyendo al Fondo de Reserva del pago de costas y gastos causídicos.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modificó la sentencia en cuanto a las costas y gastos causídicos, estableciendo que estos deben tramitarse en el proceso de liquidación de la ART.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- En relación a los intereses, la Cámara consideró que el Fondo de Reserva debe abonar los intereses devengados desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago, de acuerdo a la doctrina del fallo plenario N° 328.
- Respecto a las costas y gastos causídicos, la Cámara entendió que el Decreto 1022/2017 excluyó expresamente al Fondo de Reserva de su pago, por lo que estos deben tramitarse en el proceso de liquidación de la ART.
- En cuanto a los honorarios del perito médico, la Cámara los consideró razonables y los confirmó.
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