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GALINDO, OSMAN DIEGO LUIS c/ FUNDACION ARGENTINA PARA EL PROGRESO DE LA ENFERMERIA s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y rechazó la demanda por no acreditarse la relación laboral.

Carga de la prueba Presuncion Contrato de trabajo Relacion laboral Despido

Indemnizaciones por despido y otros rubros salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró que el actor no acreditó la existencia de una relación laboral, ya que las pruebas indicaban que prestaba servicios en el marco de una locación de servicios y no bajo subordinación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La carga de la prueba sobre la existencia de la relación laboral recaía en el actor, quien no logró acreditarla.
- Si bien el art. 23 LCT presume la existencia de un contrato de trabajo ante la prestación de servicios, esa presunción es "iuris tantum" y puede ser desvirtuada por prueba en contrario.
- En el caso, no se configuraron los elementos del contrato de trabajo, como la inserción del trabajador en una organización empresaria ajena y la subordinación económica, técnica y jurídica.

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