CORONEL, SANDRA NOEMI c/ VALDITARA, ALEJANDRO CLAUDIO s/DESPIDO
La trabajadora reclamó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que el empleador no justificó el despido al no acreditar el abandono de trabajo alegado.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el despido del empleador al no acreditar
el alegado abandono de trabajo por parte de la trabajadora.
La Cámara consideró que:
- La trabajadora comunicó al empleador su cuadro de lumbalgia y reposo médico, lo que justificó sus inasistencias.
- No se acreditó que la trabajadora hubiera abandonado el trabajo, requisito de la figura de abandono prevista en el art. 244 LCT.
- Los testimonios aportados por la trabajadora fueron valorados positivamente para acreditar la jornada de trabajo completa,
a pesar de que los testigos tenían juicios pendientes contra la demandada.
- La demandada no aportó prueba en contrario de la jornada de trabajo denunciada por la actora.
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