NICOLAS, CLAUDIO EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor, Claudio Eduardo Nicolás, apeló la sentencia que desestimó su planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27348 y declaró la existencia de cosa juzgada, rechazando así su acción. La Cámara confirmó la decisión.
Accidente
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27348 presentado por el actor y declaró la existencia de cosa juzgada, rechazando su acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La jueza de primera instancia sostuvo que si bien el actor pretendía habilitar la vía judicial al vencer el plazo de 60 días previsto en la Ley 27348, no articuló recurso alguno y promovió la acción directamente, lo que operó el efecto de cosa juzgada.
- Respecto a la falta de notificación del dictamen médico alegada por el actor, la Cámara consideró que al haber sido recibida en su propio domicilio, se tuvo por perfeccionada la comunicación.
- La Cámara confirmó la sentencia apelada sin costas por la ausencia de contradictorio.
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