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BAEZA ROTOLO, HECTOR MANUEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia para que la determinación y ejecución del crédito se realice en el juzgado de origen.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Riesgos del trabajo Ley 24 557 Ley 27 348 Liquidacion judicial

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia para que la determinación y ejecución del crédito se realice en el juzgado de origen, conforme a la Ley 24.557 vigente al momento del accidente y no a la Ley 27.348. Confirmó lo demás resuelto en primera instancia. Fundamentos principales:
- El accidente ocurrió el 16/12/2016, antes de la entrada en vigencia de la Ley 27.348, por lo que corresponde aplicar la Ley 24.557 para la determinación y ejecución del crédito.
- Corresponde que la liquidación del crédito se realice en el juzgado de origen, en resguardo a la doble instancia y el derecho de defensa.
- Se difiere el tratamiento de la apelación sobre honorarios hasta tanto se resuelva la ejecución del crédito.

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