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ROBLES, EDUARDO ANTONIO c/ SERANTES, MARIA ALEJANDRA Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra la empresa de traslados y las aseguradoras de riesgos del trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la condena solidaria a las demandadas por aplicación del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Responsabilidad solidaria Despido Art 30 lct Aseguradoras de riesgos del trabajo Traslado de pacientes


¿Quién es el actor?

Eduardo Antonio Robles
- Demandados: Servicios de Traslados Empresariales y Personales S.R.L., Serantes María Alejandra, Asociart S.A. ART, Swiss Medical ART S.A.
- Objeto de la demanda: Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena solidaria de las aseguradoras de riesgos del trabajo (Asociart y Swiss Medical) con la empresa de traslados, por aplicación del art. 30 de la LCT. Esto se fundamenta en que las tareas de transporte de personas para otorgarles las prestaciones de la ley 24.557 a cargo de las aseguradoras, enmarcan dentro de las previsiones de dicho artículo, más allá de que las prestaciones fueran realizadas por las propias aseguradoras o por terceros. Se redujo el porcentaje de los honorarios del perito contador. Principales fundamentos:
- La vinculación comercial entre las empresas no es oponible al trabajador para eximirse de la responsabilidad solidaria.
- Las tareas de transporte de personas para otorgarles las prestaciones de la ley 24.557 encuadran en el art. 30 LCT, pues complementan y completan la actividad normal y específica de las aseguradoras.
- No se configura una actividad anexa, secundaria o prescindible, sino que son engranajes imprescindibles para el objeto social de las aseguradoras.

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