RUIZ CECILIA LORENA c/ STYLE CARE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL SA (ART 29 FS. 104) Y OTRO s/DESPIDO
La actora reclamó indemnización por acoso laboral y daño psicológico, pero la Cámara confirmó la sentencia que consideró insuficiente la prueba del acoso y limitó la condena al pago de la indemnización por despido.
Indemnización por acoso laboral y daño psicológico
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que admitió parcialmente la demanda, considerando insuficiente la prueba del acoso laboral alegado. Se limitó la condena al pago de indemnización por despido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora no acreditó la existencia de un comportamiento sistemático y reiterado de acoso por parte de las coaccionadas que configure mobbing. Las críticas genéricas y sanciones disciplinarias no permiten tener por configurado el acoso laboral.
- Para que proceda la indemnización por daño moral, debe acreditarse un comportamiento deshonroso de la empleadora que exceda el marco de la compensación legal por despido. Aquí no se probó ese extremo.
- La perita psicóloga se basó en hechos no acreditados, por lo que sus conclusiones sobre el daño psicológico carecen de sustento.
- No corresponde extender la responsabilidad a la presidenta de la empresa codemandada, pues no se acreditaron conductas fraudulentas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: