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RIOS, RODRIGO ALEJANDRO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió recurso de apelación contra la resolución de la Comisión Médica que determinó su incapacidad en grado reducido. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad, aplicando el baremo legal.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ley 27 348 Determinacion judicial de la incapacidad Intereses desde la fecha del accidente Baremo dto 659 96

Impugnación de la resolución de la Comisión Médica que determinó su incapacidad en 2,30% por un accidente in itinere.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión administrativa, determinó que el actor presenta una incapacidad psicofísica del 35% de la total obrera y ordenó que se cuantificaran las prestaciones dinerarias ante la SRT con ese porcentaje, más intereses desde la fecha del accidente. Fundamentos principales:
- El perito médico aplicó correctamente el baremo del Dto. 659/96 e informó una incapacidad física del 25% y psíquica del 10%, totalizando 35% de incapacidad psicofísica.
- Los intereses deben correr desde la fecha del accidente, de acuerdo a la ley 26.773 y art. 11 de la ley 27.348.
- Respecto a la tasa de interés, corresponde aplicar la prevista por la ley 27.348, vigente al momento del accidente.

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