VARGAS, RAMON FELICIANO c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por incapacidad psicofísica derivada de su actividad como jinete de doma en la Policía Federal. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el monto de condena por considerar improcedente la incapacidad psicológica.
Incapacidad psicofísica derivada de su actividad como jinete de doma en la Policía Federal
¿Qué se resolvió?
Se confirma la existencia de incapacidad física, pero se revoca la incapacidad psicológica. Se reduce el monto de condena. Los jueces señalaron que si bien el perito médico diagnosticó una incapacidad psicológica del 10%, no encontraron acreditada una relación de causalidad adecuada entre los hechos denunciados y dicha afección, ya que el actor no probó la existencia de circunstancias traumáticas que pudieran generar ese cuadro. Además, el tiempo transcurrido desde el cese de la relación laboral hasta la pericia no resulta suficiente por sí solo para provocar la afección psicológica descripta. Por el contrario, se confirmó la incapacidad física y su relación con la actividad de jinete de doma desarrollada por el actor durante más de 25 años.
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