MOLINA ANGEL MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor recurrió la sentencia de primera instancia sobre el cómputo de intereses de la indemnización por accidente laboral. La Cámara modificó la fecha de inicio de los intereses, fijándola en la fecha del accidente.
Indemnización por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo que respecta a la fecha de inicio del cómputo de los intereses, estableciéndola en la fecha del accidente (24/06/2010) en lugar de la fecha del alta médica, considerada como la fecha de consolidación jurídica del daño. La Cámara sostuvo que, en casos como este, la prestación resarcitoria genera intereses compensatorios desde la fecha de consolidación del daño, para evitar que la deudora se beneficie conservando el capital y haciéndolo rendir durante ese tiempo a costa del acreedor. Por lo tanto, el cómputo de los intereses debe hacerse desde el momento en que nace la obligación de indemnizar, que fue el acaecimiento del accidente denunciado.
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