PAZ, HUGO DANIEL c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando solo el criterio de cálculo de los intereses.
Indemnización por accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, salvo en lo relativo al cálculo de los intereses diferidos a condena, que deberán aplicarse de acuerdo al criterio expuesto en el voto del Dr. Sudera.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara concluyó que el art. 3 de la ley 26.773 no resulta aplicable a los accidentes in itinere, por no encuadrar en los supuestos previstos en dicha norma.
- Respecto a la reducción del porcentaje de incapacidad psíquica determinado por el perito, la Cámara entendió que la sentenciante de grado había dado adecuada justificación para apartarse de dicho dictamen.
- En cuanto a la inconstitucionalidad del método de cálculo del salario previsto en la LRT, la Cámara consideró que la actora no había logrado acreditar el perjuicio concreto que le generaba dicha normativa.
- Sobre la actualización de los créditos, la Cámara desestimó el planteo de inconstitucionalidad, pero modificó el criterio de aplicación de intereses.
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