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CHAMORRO, BLAS EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Un suboficial principal de la Gendarmería Nacional reclamó las prestaciones por incapacidad derivadas de la realización de tareas penosas durante 32 años. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y fijó una indemnización mayor, por considerar que la tarifa prevista en la ley es insuficiente para reparar el daño.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- El actor, Blas Eduardo Chamorro, se desempeñaba como Suboficial Principal de la Gendarmería Nacional desde 1984, y reclamó las prestaciones previstas en el régimen de las leyes 24.557 y 26.773 por el deterioro en su salud física (afecciones en la columna, rodillas, audición y depresión) a causa de las tareas desarrolladas.
- El juez de primera instancia rechazó la demanda por considerar que si bien el trabajador presentaba diversas patologías, éstas no eran relacionables con las tareas desempeñadas.
- La Cámara revocó la sentencia y admitió la demanda, considerando que las tareas realizadas durante 32 años, que implicaban esfuerzos físicos importantes, pudieron haber ocasionado el deterioro en la salud del trabajador.
- Si bien el perito médico informó que el actor tenía una incapacidad del 37,06%, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la Ley 24.557 y fijó la indemnización en $9.980.910,37, actualizando el ingreso base mensual con el índice RIPTE.
- La Cámara también dispuso la aplicación de intereses desde la fecha de toma de conocimiento de la enfermedad y la imposición de costas a la demandada.

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