DUFOUR, FEDERICO HERNAN c/ LEPIC S.A. s/DESPIDO
Demandante y demandada apelan sentencia que rechazó íntegramente la acción. La Cámara declara mal concedidos los recursos por cuantía.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones declara mal concedidos los recursos de apelación de ambas partes por cuanto los montos cuestionados no superan el tope de apelabilidad. Confirma la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El órgano de segunda instancia es quien determina la admisibilidad de los recursos, sin estar vinculado por la decisión del juez de primera instancia.
- Los montos cuestionados (de la sentencia y costas) no superan el tope de apelabilidad (300 veces el importe del derecho fijo, que equivale a $270.000).
- En cuanto a los honorarios, se confirman por considerarlos equitativos y ajustados a derecho.
- Impone costas en el orden causado y los honorarios de alzada en el 30% de los de primera instancia.
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