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ORTIZ, VALERIA ELISA c/ TELECENTRO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por diferencias salariales e indemnizatorias, y la Cámara confirmó parcialmente la condena a Telecentro S.A. por aplicación del art. 30 LCT, pero revocó la orden de entrega de certificados de trabajo.

Responsabilidad solidaria Call center Actividad normal y especifica Art 30 lct Certificados de trabajo


¿Quién es el actor?

Valeria Elisa Ortiz

¿A quién se demanda?

Telecentro S.A. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diferencias salariales e indemnizatorias

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la condena solidaria a Telecentro S.A. en base al art. 30 LCT, pero se revocó la orden de entregar los certificados de trabajo. La jueza García Vior sostuvo que la actividad de la actora (atención al cliente y venta de productos de Telecentro) estaba integrada a la actividad normal y específica de Telecentro, por lo que correspondía la responsabilidad solidaria. Sin embargo, consideró que la obligación de entregar los certificados de trabajo es personalísima del empleador y no puede ser cumplida por un tercero.

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