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FRIESEN, INES MARGARITA c/ YERRY S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La empleadora fue condenada por despido incausado, sin poder acreditar la causal alegada del art. 247 LCT. La sentencia fue confirmada en segunda instancia.

Responsabilidad de socios Solidaridad Crisis economica Despido incausado Art 247 lct Pago de horas extras informales

Despido incausado

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de la empleadora y se confirmó la sentencia de primera instancia que la condenó por despido incausado. La Cámara consideró que la empleadora no acreditó los requisitos del art. 247 LCT para justificar el despido por crisis económica. No probó que la situación de crisis le fuera ajena y que hubiera implementado medidas para evitar los despidos. Tampoco respetó el orden de antigüedad y cargas de familia. Por otro lado, confirmó la responsabilidad solidaria de los socios gerentes en virtud de los arts. 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales, debido a la deficiente registración (pagos en negro).

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