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LEDESMA, ROBERTO ALCIDES c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó a su ART por daños derivados de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia y rechazó el reclamo por insuficiencia de prueba sobre el daño psíquico.

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Indemnización por daños derivados de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó el recurso de apelación. Consideró que no existió daño psíquico probado y que el peritaje médico realizado gozaba de solidez científica. Los principales fundamentos fueron:
- El peritaje médico realizado por el experto es una herramienta idónea para asesorar al tribunal sobre incapacidades, secuelas y daños derivados de accidentes de trabajo. El apartamiento de sus conclusiones debe estar fundado en razones objetivas, lo que no ocurre en este caso.
- El daño psíquico requiere la acreditación de una perturbación patológica de la personalidad, lo que no surge probado. Un simple accidente, sin secuelas físicas graves, no necesariamente genera daño psíquico.
- Otros factores extralaborales, como la personalidad del trabajador, pueden incidir en la aparición de traumas mentales, por lo que la responsabilidad del empleador debe estar sólidamente fundamentada.

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