SAN MARTIN VELASQUEZ, LEONOR HAYDEE c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora impugnó la desestimación del déficit psíquico informado por el perito médico. La Cámara modificó la sentencia y reconoció la incapacidad psíquica del 10% con tratamiento correspondiente.
Indemnización por accidente de trabajo con secuelas físicas y psíquicas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó la incapacidad total en 36,96%, reconociendo el 10% de incapacidad psíquica permanente y definitiva informada por el perito médico. Incrementó el monto de condena a $1.261.312,46 más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El perito médico determinó que la actora sufrió un "Desarrollo Reactivo de grado leve" (Reacción Vivencial Anormal Neurótica, depresiva de grado II) con 10% de incapacidad psicológica, que se debió al accidente laboral y no a predisposición previa. Por lo que correspondía reconocer el daño psíquico y su tratamiento. La estimación pericial, realizada conforme a la sana crítica, no presentaba deficiencias que justificaran apartarse de ella.
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