SOSA, HECTOR ARNALDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la tasa de interés aplicable, pero confirmó los honorarios de las partes.
Indemnización por incapacidad derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la tasa de interés aplicable, estableciendo que se deberá aplicar la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina. Confirmó los honorarios de las partes. La Jueza de grado había dispuesto que el monto de condena devengara, desde la fecha del accidente (22/10/2019) y hasta su efectivo pago, un interés igual a la tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación para un plazo de 49 a 60 meses. La Cámara consideró que, dado que el accidente ocurrió con posterioridad a la entrada en vigencia de la reforma introducida por la Ley 27.348 a la Ley 24.557, correspondía aplicar la tasa de interés prevista en el art. 12, apartado 3, de dicha ley modificada. En cuanto a los honorarios, la Cámara entendió que los mismos no resultaban excesivos, por lo que los confirmó.
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